Ley vicaria: ¿exclusiva para la defensa de las mujeres?

Tras la denuncia interpuesta en Saltillo en la que se defiende a un hombre, el Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria descarta que esto sea posible; abogada responde

S.O.S NOTICIAS / Eduardo Santos

17 de abril de 2024.- Es imposible que la Ley Vicaria defienda bajo ninguna circunstancia a un hombre, tal y como lo plantea la abogada Brenda Zavala de la Peña en la denuncia interpuesta hace unos días, así lo consideró el Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria, argumentando desinformación al respecto.

“Más que aclararlo a la abogada (que ya lo sabe) es no seguir dando herramientas a potenciales agresores y desinformación a la comunidad. A veces las personas buscan beneficiarse de los huecos jurídicos para poder aprovecharse de causas y leyes por la cuales no lucharon”.

Pese a que en este medio lo único que se hizo fue dar voz a la abogada, el Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria destacó que es necesario informarse previamente y “hablar como profesionales de la comunicación”.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya aclaró que es violencia de género desde febrero y ya se confirmó en estados como San Luis Potosí, Chiapas y Oaxaca… una cosa es que se presente la solicitud, otra cosa es que se la aprueben”, sentenció.

¿DESINFORMACIÓN?

Este medio tomó el artículo 252 del Código Civil de Coahuila, mismo que fue mostrado por la abogada Brenda Zavala como base legal de su defensa, el cual no hace ninguna aclaración de sexos y que a la letra dice: “comete violencia vicaria quien por medio de cualquier acto u omisión utilice como víctima directa de violencia a las hijas o los hijos familiares, personas adultas, con discapacidad, en situación de dependencia, mascotas, para causarle algún tipo de daño a la víctima generando una consecuente afectación psicoemocional o física”.

Con respecto a esta argumentación, el Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria reconoció que en Coahuila está mal tipificada por que no aclara aún qué es violencia de género.

“Pero se está trabajando de manera conjunta ya para solucionarlo, pues hemos podido probar frente a las autoridades la existencia de esta modalidad de violencia y sus manifestaciones. Al grado que ya están al tanto de todos nuestros casos y esperamos en próximos meses lograr la homologación en nuestra entidad”.

LA LEY NO ESPECIFICA… ‘HOMBRE O MUJER’

Brenda Zavala de la Peña, abogada y quien respaldó una demanda para la defensa de un hombre en la Ley Vicaria, respondió a los señalamientos del Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria, argumentando que la ley no especifica el sexo de quien comete la violencia vicaria.

“No dar herramienta de defensa a los hombres, es generalizar que todos son agresores, minimizar la violencia que sufren cuando se utiliza a sus hijos en su contra, cada caso es individual y debe analizarse por separado, pero sería discriminatorio pensar que la violencia vicaria solamente le aplicaría a la mujer, dejando en estado de indefensión al hombre”, subrayó.

Otro argumento legal utilizado por Zavala de la Peña es el artículo 4 de la Constitución en el que se menciona la igualdad ante la Ley.

“No podemos limitar a un hombre a que use la legislación, más cuando se utilizó a su hijo para causar un daño, por el simple hecho de ser hombre, sería como decir que entonces todas las mujeres son aptas para ser buenas madres cuando vemos que no es así”.

Ante la posibilidad de que la denuncia no sea aceptada, tal y como lo mencionó el Frente Coahuilense contra la Violencia Vicaria, Brenda Zavala de la Peña informó que en ese contexto se presentarían recursos legales para que sea aprobada.

“Es claro el código penal en sus numerales respecto a la violencia vicaria, y no puede haber excepciones ante la ley solamente atendiendo a un grupo específico y minimizando el delito que está cometiendo esta madre que utilizó al niño y que además están probado con los dictámenes psicológicos”.

Anunció que derivado a lo que este grupo feminista menciona se solicitará una reunión de trabajo con el presidente del Tribunal, “a fin de que no se violen los derechos solamente por género de este padre o bien por la presión que pudiera ejercer un grupo social”.

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